ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR EL BONO INFANTIL 2017-2018

La Consellería de Educación ha publicado la convocatoria de ayudas económicas destinadas a la escolarización del alumnado de 0 a 3 años matriculado en las escuelas y centros de Educación Infantil de primer ciclo autorizados por la Generalitat para el curso escolar 2017-2018. Estas ayudas se materializarán en bonos de escolarización que contribuirán a la financiación parcial del coste del servicio de enseñanza en el centro en que este matriculado/a y asista el/la alumno/a.

Este año se ha adelantado la convocatoria y los PLAZOS para que los padres/madres/tutores presenten las solicitudes en el Centro de Educación Infantil son:

  • Del 8 al 26 de mayo de 2017, ambos inclusive.

Dado que es necesario revisar TODAS las solicitudes es recomendable no agotar el último día del plazo para que el Centro pueda organizar mejor el proceso de revisión y en su caso requerir aquellos documentos que falten.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBEN APORTAR?

  •  Solicitud, conforme al modelo que consta como anexo I, y tal como prevé el artículo quinto de la resolución. Dicha solicitud se podrá cumplimentar mediante el formulario electrónico de ayuda diseñado al efecto.

El modelo de solicitud estará a disposición de las personas interesadas accediendo a:

1) https://sede.gva.es, en el apartado “Servicios”, “Procedimientos Administrativos – Sede Electrònica”

2) A través de la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte

  • Fotocopia cotejada del DNI/NIF/NIE o pasaporte (sólo extranjeros sin NIE) en vigor del padre y/o la madre o, en su caso, nuevo cónyugue o persona unida por ánaloga relación o los tutores legales del/la alumno/a que figuren en la solicitud.
  • Fotocopia cotejada del libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento.
  • Fotocopia cotejada de la tarjeta SIP (sistema información poblacional) del alumno/a para el que se solicita la ayuda.
  •  En el caso de que existan hermanos/hermanas mayores de 26 años con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 33%, que convivan en el mismo domicilio deberá adjuntar el certificado de discapacidad correspondiente.
  • Las familias monoparentales deberán acreditar documentalmente dicha condición aportando el título de familia monoparental expedido por la consellería competente en materia de familia, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 179/2013 de 22 de noviembre del Consell, por el que se regula el reconocimiento de familia monoparental en la Comunitat Valenciana o, en su caso, cualquier documento que acredite legalmente dicha condición.
  • En el caso que se solicite la ayuda para un alumno nasciturus se tendrá que aportar certificación médica oficial que acredite el embarazo en el momento de la presentación de la solicitud en el que haga constar el estado y la semana de gestación. Dicho certificado se emitirá por el colegiado médico del centro público de salud al que corresponda la mujer gestante y, en el caso de no ser legalmente posible esta opción, se aportará certificado emitido por el colegiado médico de la mutualidad profesional correspondiente. En este último caso, se acompañará una declaración responsable de la interesada indicando la imposibilidad legal de obtener el certificado del médico del centro público de salud y el motivo de la misma.
  • Certificado de empadronamiento colectivo actualizado a fecha de presentación de solicitudes, en el que figuren todos los miembros de la unidad familiar que conviven con el/la alumno/a. Este documento deberá aportarse únicamente en el caso de familia monoparental que no disponga del título correspondiente y para los casos de custodia compartida.
  • El certificado de empadronamiento, previsto en el apartado anterior, se podrá sustituir por un informe del ayuntamiento correspondiente que, de manera análoga, acredite los miembros de la unidad familiar que conviven con el/la alumno/a.Los documentos previstos en este punto 2, a excepción de los establecidos en los apartados f), g) y h), no será necesario presentarlos si el alumno o la alumna para quien se solicita la ayuda ha participado en la convocatoria del curso 2016/2017 (dichos documentos han sido presentados y validados), siempre que las circunstancias no hayan variado con respecto a las acreditadas en la solicitud de dicha convocatoria. En este caso, solamente debe marcarse, en cada uno de los apartados de la solicitud previstos para ello, que ya se entregó y no ha habido cambio con respecto al año anterior.

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